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Ayudas estatales: la Comisión adopta una modificación de las normas sobre pequeñas cantidades de ayuda al sector de la pesca y la acuicultura
(UNIÓN EUROPEA, 10/5/2023)
La Comisión Europea ha adoptado hoy una modificación del denominado Reglamento 'de minimis' para el sector de la pesca y la acuicultura ('Reglamento de minimis de pesca'). El reglamento revisado, que exime del control de las ayudas estatales las pequeñas cantidades de ayuda, ya que se considera que no tienen ningún impacto en la competencia y el comercio en el Mercado Único, entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Fuente: Seas at risk
Las enmiendas propuestas
En diciembre de 2022, la Comisión prorrogó la validez del Reglamento de minimis de pesca por un año (es decir, hasta el 31 de diciembre de 2023) para finalizar una reflexión en curso sobre si la transformación y comercialización de productos de la pesca y la acuicultura ya no deberían incluirse en el Reglamento de pesca. Reglamento de minimis sino que entran dentro del Reglamento de minimis general. El Reglamento general de minimis establece un límite máximo de ayuda más elevado que el de pesca.
La modificación del Reglamento de pesca de minimis adoptada hoy incluye los siguientes cambios:
- El aumento del límite máximo de ayuda de minimis por empresa durante tres años, de 30.000 euros a 40.000 euros (USD 31580 - 42,110), sujeto al establecimiento de un registro nacional central.
Fuente: European Commission -->
- Sólo la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura seguirá estando cubierta por el Reglamento de minimis de pesca, mientras que la transformación y comercialización de dichos productos estarán cubiertas por el Reglamento de minimis general.
- El nuevo cálculo de los llamados "límites nacionales", es decir, los importes máximos acumulativos de ayuda de minimis que pueden asignarse por Estado miembro. Los límites nacionales se actualizaron basándose en datos más recientes relacionados únicamente con la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura.
- Ciertas operaciones excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento de pesca de minimis se permitirán excepcionalmente en las regiones ultraperiféricas de la UE, para facilitar la modernización de los buques pequeños y abordar, entre otras cosas, los problemas de seguridad en estas regiones. Este es un ejemplo de las medidas específicas para las regiones ultraperiféricas previstas en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la UE.
- La prórroga de la validez del Reglamento de pesca de minimis revisado hasta el 31 de diciembre de 2029.
Antecedentes del proceso de revisión
<-- Fuente: Ocu.org
La Comisión inició su revisión de las normas de minimis para el sector de la pesca y la acuicultura en 2019 con la publicación de una hoja de ruta de evaluación. La evaluación del marco de ayudas estatales para ese sector se realizó simultáneamente con una evaluación de impacto para recopilar más pruebas sobre las áreas que se podían mejorar. El proceso de revisión incluyó consultas públicas, así como discusiones con las partes interesadas y las autoridades nacionales. En particular, en enero de 2022, la Comisión invitó a todas las partes interesadas a comentar sobre la modificación del Reglamento de pesca de minimis. Los Estados miembros también fueron consultados en reuniones de marzo y septiembre de 2022 y mayo de 2023.
En diciembre de 2022, la Comisión adoptó un paquete de normas revisadas sobre ayudas estatales relacionadas con los sectores de la agricultura, la silvicultura, la pesca y la acuicultura. En lo que respecta a la pesca, la Comisión adoptó un nuevo Reglamento de exención por categorías (Reglamento (UE) 2022/2473), aprobó nuevas directrices sectoriales (Directrices para las ayudas estatales en el sector de la pesca y la acuicultura, adoptadas posteriormente el 17 de marzo de 2023) y las prorrogó por un año. el Reglamento de pesca de minimis (Reglamento (UE) 2022/2514).
Fuente: Comisión Europea (Traducido del original en inglés)
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